Doctrina Botín, regalo envenenado a la monarquía española
Madrid (PL) Con la imputación por delitos fiscales a la infanta Cristina, la llamada doctrina Botín retoma espacio en la jurisprudencia como tabla de salvación de la hermana del rey Felipe VI o regalo envenenado a la monarquía española.
La Audiencia de Palma de Mallorca exoneró el 7 de noviembre a la duquesa de Palma de la imputación por blanqueo de capitales, pero ratificó otras dos por cooperación en delitos contra la Hacienda Pública cometidos por su esposo Iñaki Urdangarin en 2007 y 2008.
Cristina y Urdangarín son co-dueños a partes iguales de la empresa Aizoon, identificada en una investigación de tres años como tapadera para canalizar dinero público obtenido irregularmente por el Instituto Noos, entidad supuestamente sin ánimo de lucro.
Mediante Noos el esposo de la infanta y su socio Diego Torres obtenían dinero de instituciones públicas españolas que luego canalizaban a través de empresas como Aizoon con una trama irregular, que incluía tráfico de influencias aprovechando la posición de Urdangarin en la familia real.
Pese al viento en contra y la negativa de la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado, el juez José Castro impugnó a la duquesa de Palma basándose en la demanda del sindicato Manos Limpias, constituido en acusación popular.
En algunos medios españoles se estima que la exoneración del delito de blanqueo (el más grave) dejó abierta la puerta para evitar que la infanta se siente en el banquillo de acusados, a partir de la posible aplicación de la doctrina Botín.
Esa posibilidad se basa en un dictamen del Tribunal Supremo que en 2007 permitió anular un caso contra el banquero Emilio Botín cuando determinó que si existe solo la acusación popular y no la de la Fiscalía u otras particulares, la imputación puede archivarse.
Según la ley española cualquier ciudadano, aún sin ser afectado directo, puede personarse en un proceso si apela a la defensa de la legalidad o del interés público, lo cual es conocido como acusación popular.
El trámite fue utilizado por Manos Limpias en el caso Noos que más allá de imputar a la infanta puso en tela de juicio a la Corona española, salpicada de otros escándalos, lo que en opinión de diversos sectores fue una de las causas de la abdicación del rey Juan Carlos en junio.
Botín iba a ser juzgado en un caso de cesiones de créditos, pero el Tribunal Supremo lo declaró improcedente porque no existía acusación fiscal ni particular, sólo popular.
Sin embargo, medios vascos recordaron que posteriormente el expresidente del Parlamento de esa comunidad Juan María Atutxa fue condenado en 2008 por desobediencia a la autoridad judicial, aunque sólo existió una acusación popular.
En ese momento el Tribunal Supremo dictaminó que la doctrina Botín es aplicable a delitos que dañan a alguien que no denuncia; pero Atutxa afectó intereses colectivos, tal como parece ser el delito atribuido a la infanta por referirse a dinero público.
Se estima que el Instituto Noos se apropió irregularmente de unos seis millones de euros procedentes de las arcas de entidades regionales o municipales, la mayoría de ellas gobernadas por el Partido Popular (PP).
La Audiencia de Palma apuntó que, aunque no imputen a la infanta, la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado se proponen ejercer la acusación por delito fiscal a varias de las dos decenas de personas involucradas, entre ellas a Urdangarin.
El fiscal Pedro Horrach adelantó que insistirá en el sobreseimiento de la imputación a la infanta, pues acepta su declaración de que, aunque era socia de Aizoon, estaba ajena a los manejos de su cónyuge.
Sin embargo, los jueces consideraron innegable e inobjetable que las esposas de Urdangarin y Torres, copartícipes de las empresas ficticias, contribuyeron con su participación en sociedades simuladas a defraudar al fisco.
Cristina de Borbón, según el dictamen de la Audiencia de Palma, se benefició del procedimiento irregular, ya que el dinero no se quedó en la cuenta de Aizoon, sino fue gastado por los dos socios.
La permanencia de la infanta en la sociedad Aizoon comportaba un elevado riesgo de defraudación, por lo que las imputaciones por cooperación en el fraude fiscal cometido por su marido gozan objetivamente de sustento, expresaron los jueces.
Ahora, la decisión de acusar a la infanta o aplicar la llamada doctrina Botín está en manos del juez instructor Castro, determinación que -más allá de las implicaciones para Cristina de Borbón- se vislumbra como negativa para la Corona española.
Si finalmente la hija de Juan Carlos I y hermana de Felipe VI es acusada, estará exponiendo una forma de actuación censurable de una integrante de la familia real, sobre todo en momentos de crisis económica en el país, desempleo y recortes presupuestarios.
Pero, si por el contrario, se aplica la doctrina Botín y se libra del proceso, será una especie de regalo envenenado a la monarquía, pues confirmaría en amplios sectores de la población su creencia de que la ley no se aplica por igual a todos los españoles.
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