¿La función principal del parlamento es ratificar acuerdos o elaborar leyes?
Por Francisco Tomás González Cabañas
Evitando caer en la falacia del falso dilema y sin que entre tantos fines de la esencia del parlamentarismo se puedan considerar a dos de los mismos como excluyentes entre sí, la metáfora del poder legislativo como reducto notarial o escribanía del ejecutivo se disemina en los republicanismos que juran y perjuran la división de poderes y la interdepencia útil entre los mismos para provecho del soberano.
Cuando el legislador «Español» (habría que ver sí esta denominación es del agrado del indicado) Gabriel Rufián justificó su negativa a la reforma laboral recientemente aprobada, lo hizo en calidad de un teórico de la filosofía política y específicamente especializado en el concepto de representación expresó lo siguiente:
“Las leyes se hacen en el Congreso, guste más o guste menos, y cuando tú vienes aquí y dices “esto es lo que hay y no se toca porque lo he pactado fuera”, tú no te crees que el Congreso sea la sede de la soberanía popular, tú te crees que el Congreso es un notario, un notario que sella acuerdos que están fuera, y para nosotros y nosotras eso sienta un peligrosísimo precedente que evidentemente no aceptamos.”(Rufián, Gabriel.ERC. Argumento del voto contra el Real Decreto Ley 32/2021).
Para la sorpresa de propios y extraños, sobre todo del sociólogo y director del Instituto Carlos III-Juan March (centro de investigación y posgrado en ciencias sociales) Ignacio Sánchez Cuenca, quién arremetió contra el legislador, curiosamente no desde su rol teórico, sino desde un pliegue o una perspectiva política, aquella que evitó el político Rufián para ponerse el traje de académico que dejó el sociólogo en sus fundamentos de neto corte partidario o partidista.
Lo cierto es que el Real Decreto Ley en cuestión se aprobó como seguramente seguirán aprobándose los usos del parlamento como instrumento meramente ratificatorio de lo que arriba desde el Ejecutivo, en una suerte de capitis deminutio al estilo del derecho romano, para una institución o poder del estado devenido en apéndice de otro o apelmazado en la amorfa masa de un Leviatán moderno que reconoce la imposibilidad de una divisoria para el ejercicio del poder que asegure y garantice, sobre todo o más que nada, seguridad.
En una de las secciones de las indias occidentales, otrora terreno de ultramar de la corona de los borbones, la independencia ante los organismos de crédito internacional no pasa de ser una novela bajo los influjos del realismo mágico. El ejecutivo envió al ministro de economía y comitiva, a concertar un acuerdo con el fondo monetario para renegociar el pago de una de las tantas deudas de tal país. Luego de meses de negociación, tal resultante irá al parlamento a que consiga la constancia de fé, la rúbrica de garantía en la que desde las concepciones de nuestras democracias actuales, destinamos tal función al poder legislativo.
De aplicarse la exigencia y la demanda teórica que hace desde la práctica de su banca el legislador Rufián, en este último caso, se debió haber integrado dentro de esa comisión de negociación o de concertación, a miembros del parlamento, dado que tendrían la legitimidad de origen para discutir tales cosas y no las argucias legales en las que descansan los ministros o funcionarios jerarquizados de los ejecutivos a los que nadie votó para que estén donde están por más que hayan sido designados por la mera discrecionalidad del titular del ejecutivo.
Sin embargo, por la desviación de hecho en la que se encuentra engrapado el parlamentarismo, el segundo paso es aún más funesto. Se trata precisamente de validar la concertación previa. Pervertir la funcionalidad del poder legislativo y transformarlo en el notariado público o en la escribanía oficial.
El aspecto conceptual que observa Sánchez Cuenca, sí en su calidad de teórico, acerca de la existencia de las concertaciones sociales en virtud de modelos «neocorporatistas”(gobiernos fuertes que, amparados en la defensa del interés nacional, controlaban y dirigían a los grupos de interés tanto de trabajo como de capital para la consecución de sus objetivos políticos. Aguilar Fernández, S. Neocorporatismo: origen del debate y principales tendencias.) las refuta inmediatamente en la argumentación de Rufián, dado que las encapsula únicamente en los acuerdos que a nivel internacional sí determina la constitución que deben actuar como sitios para refrendar los mismos a los parlamentos. Sánchez Cuenca recuerda el ingreso de España a la comunidad económica europea, como bien podría ser el despliegue de tropas que debe ser aprobado por el Congreso en Estados Unidos.
Ya transformado en actor político, el teórico abandona su rol para, reprocharle el voto a su legislador (cómo sí tuviese algún sentido a los fines prácticos, dado que pese a esta negativa la reforma laboral se aprobó) bajo la teoría de que tendría que haber adoptado la razón del bien mayor o del mal menor, espetándole frivolidad política a Rufián.
Quienes no hemos sido, aún, consagrados por el voto del soberano para representarlos o gobernarlos, debemos verter nuestras críticas y posiciones, desde el lugar o el ámbito en el que ejercemos en nuestra sociedad o comunidad.
Los que trabajamos con conceptos, en el ámbito de lo público, por más que tengamos nuestras posiciones políticas de corto plazo o alcance, no debemos dejar la mirada larga por la que ocupamos tal rol en cada una de nuestras comunidades, interrelacionadas por la virtualidad y la técnica.
Por serendipia, Gabriel Rufián quién tal vez sea un legislador que represente mal o muy mal a sus votantes o vaya a saber qué, deja a los teóricos una buena pregunta o interrogante, acerca de nuestras vacilaciones con respecto a lo democrático. El rol o la esencia del parlamentarismo en virtud de la plena potencia de los ejecutivos, que por la dinámica misma de los tiempos de aceleración en los que vivimos, se transforman en autocracias de hecho, con vestiduras republicanas y democráticas.
Un movimiento, pudo ver el director del Instituto Carlos III-Juan March, pero no el segundo, cuando la vista se le nubló y se quedó, extrañamente para un teórico que es el que ve lejos, con la mirada corta, en la mera frivolidad de reprocharle un voto, ya innecesario en términos de tal votación a un legislador que deja abierto un pliegue, una perspectiva para los que trabajamos con conceptos podamos pensar acerca del mismo, más allá de nuestras posiciones políticas del corto plazo y con la mirada larga.
Tanto los políticos como los intelectuales tenemos nuestras responsabilidades con lo común, con lo público y con las reglas de juego existentes para organizar las prioridades. Debemos, hacer esfuerzos cotidianos, para no caer en las tentaciones de hablar desde lugares que no nos corresponden, confundirlos, o hacerlo por el simple hecho de conservar un lugar en donde el poder se manifiesta pretendiendo aprisionar o cosificar el pensar, el filosofar y enclaustrarlo en los ropajes que nadie a votado de la figura del intelectual que algunas veces expresa, afirma y acusa, sin razonar, sin convencer y sin dejar las fronteras de una posibilidad de entendimiento más allá de las palabras que profesa, encantado y obnubilado por su propio voceo.
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