Historia y transparencia II
En la entrega previa de TRAS BANDERAS informé que luego de que la Suprema Corte le dio una salida al tema de la interpretación del Derecho a la Información en 1992 a través de una sugerencia velada al Poder Legislativo en una tesis aislada, el Congreso de la Unión tardó once años en entrar en acción, pues en junio de 2003 se promulgó la Ley federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental. Con ella empieza el segundo periodo histórico de la transparencia en México.
Recordemos primero el ánimo nacional por la alternancia en la Presidencia en el 2000 y que en marzo de 2001 el nuevo gobierno federal presentó el Programa Nacional de Combate a la Corrupción y fomento a la Transparencia, en el que se podía leer que no había existido hasta entonces una política gubernamental consistente para abrir a la ciudadanía el conocimiento de la organización y operación de las instituciones.
Por su parte, en mayo, un importante grupo de académicos y representantes de medios de comunicación se habían reunido en Oaxaca con motivo del Seminario de Derecho a la Información y Reforma Democrática. Ahí pactaron y dieron a conocer la Declaración de Oaxaca, que propugnaba por estos principios: reformar la constitución para disponer que pertenece a los mexicanos la información pública en posesión de los poderes públicos; emitir normas federales sobre el acceso a la información; crear una entidad pública independiente que resolviera las controversias entre los particulares y el gobierno en esa materia; sancionar con rigidez a los funcionarios que negaran la información injustificadamente.
En esta materia, mención especial merece el hoy Senador Miguel Barbosa Huerta (PRD) pues él presentó la primera iniciativa de Ley de Transparencia (11 de julio 2001) y la primera iniciativa de Ley de Protección de Datos (6 de septiembre 2001) siendo entonces Diputado Federal.
Para noviembre de ese año, se alinearon dos insumos documentos de valor superlativo y muy similares en el fondo: en primer lugar, el Grupo Oaxaca presentó su Decálogo sobre el Derecho a la Información, que proponía: que la información pertenece a las personas, que el derecho a la información es un derecho humano universal, que los poderes públicos deben estar sujetos a la máxima apertura, que debe haber procedimientos ágiles, sencillos y a costos mínimos y que debe crearse un organismo autónomo garante de la apertura y resolutor de las controversias.
En segundo lugar, y muy en línea con el Decálogo, el Ejecutivo Federal presentó formalmente su iniciativa de Ley al Congreso de la Unión el día 30, alimentada de diversos foros regionales de consulta, y que depositaba la competencia para conocer de los litigios en la materia en una Comisión de Garantías de la Información, con autonomía de operación, presupuestal y de resolución.
Hay que reconocer que con mejores reflejos políticos, los congresos locales fueron vanguardia en el tema, en especial los de Jalisco, Sinaloa y Guanajuato, que habían promulgado innovadoras leyes de transparencia antes que la federal. Avanzaré en entregas posteriores.
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