Una buena propuesta

Por Guillermo Robles Ramírez

Cada año que pasa, el problema crece, se expande y degenera, pero nadie le pone atención. Ahí se van dejando pasar las cosas y como se diría, que lo hagan los que vengan. Así, despreocupadamente fueron pasando y pasando legislatura tras legislatura y el problema ha seguido vigente.

Me refiero a la corrupción, la pornografía y el lenocinio de menores de edad e incapaces o discapacitados. Este es un vicio que ha ido en aumento en Coahuila y como es un delito no castigado severamente, pues hay va creciendo hasta que nadie pueda pararlo.

Al menos en el término legal dentro del Código Penal Federal, “Lenocinio”, en su Capítulo IV, Artículo 204, sí lo define como “…el delito de lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad de resistirlo….”, y en su Artículo 206 Bis., se define su delito en su Fracción I “toda persona que explote el cuerpo de otra por medio del comercio carnal, se mantenga de este comercio u obtenga de él un lucro cualquiera”, y viene otras descripciones en las Fracciones II y III.

Sin embargo, en el Código Procesal Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza, Código Penal de Coahuila de Zaragoza, y en la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, no viene clasificado este delito como tal.

Algo que me llama la atención por parte de los diputados locales, es decir, del Congreso del Estado de Coahuila, no tengan considerado tal delito, o al menos que venga estipulado bajo otra palabra que lo personal desconozca, pero esta situación solamente se pudiera aterrizar si los diputados locales hicieran su tarea visitando físicamente el distrito electoral, que los llevaron a sentarse a sus curules para representar a los coahuilenses ante el Congreso del Estado de Coahuila.

Solamente platicando con los ciudadanos para que escuchen que plantean y puedan llegar a una conclusión de que dicho problema está rebasando los límites en estas aberrantes prácticas y que en Coahuila son cada vez más los casos de corrupción de menores e incapaces.

El problema existente en la actualidad son las benévolas y ligeras penalidades que establece el código penal de la federación en los casos de corrupción, la pornografía y el lenocinio de menores de edad e incapaces, ya que en muchos de los casos ni siquiera entran a la cárcel los responsables de esos delitos. Además, que solamente por medio de una denuncia ciudadana ante las autoridades federales que son a quienes les compete por existir como tal, se mencionaba el delito de esa explotación sexual.

En caso de estar en lo correcto en lo anterior planteamiento sobre “Lenocinio” como delito, esperemos que exista alguien que levante la mano y diga “yo”, para darle formalidad no solo a una iniciativa sino a una ley que reforme y adicionarlo dentro de los Códigos Penal y Procedimiento de la Entidad, a fin de endurecer las penalidades, pero sobre todo cerrar los caminos y recovecos que actualmente hay en la Ley, para que un delito tan grave como es la corrupción de menores se castigue tan blandamente.

De no existir o tenerlo contemplado como viene en el Código Penal Federal, sería una propuesta que debe de ser bien recibida, y apoyarla para endurecer nuestras leyes, ya que las víctimas de este problema son en su mayoría, niños y niñas abandonados o que huyeron de sus hogares por la violencia intrafamiliar o abusos de otro tipo, además de que las niñas y niños envueltos en ese problema, difícilmente pueden recuperar los traumas emocionales, psíquicos y físicos, buscándose con castigos más enérgicos el que esos menores no caigan en los riesgos de ser vendidos en el extranjero, convertidos en drogadictos o asesinados. (Premio Estatal de Periodismo 2011 y 2013, Presea Trayectoria Antonio Estrada Salazar 2018, finalista en Excelencia Periodística 2018 representando a México) www.intersip.org

Deja un comentario