Letras Vivas
NUEVAS REGLAS DE LA DEMOCRACIA
México ha rediseñado sustancialmente su régimen electoral, que implican cambios no solo para el ámbito federal sino que también abarca a los niveles estatal y municipal.
En primera instancia, se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con varios cambios en materia política-electoral, los cuales fueron publicados el 10 de febrero de 2014 en el Diario oficial de la Federación.
Es objetivo principal de estas reformas es homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales y garantizar altos niveles de calidad en nuestra democracia electoral.
El aspecto más sobresaliente de la reforma es la transformación del Instituto Federal Electoral (IFE) en una autoridad de carácter nacional: el Instituto Nacional Electoral (INE).
Con ello, el INE es una autoridad que no solo tendrá injerencia en el ámbito electoral federal, sino que también tiene atribuciones para intervenir en las elecciones de carácter estatal y municipal.
El INE podrá asumirá, mediante convenio, con las autoridades competentes de las entidades federativas que así lo soliciten, la organización de procesos electorales locales.
Es de esperarse que ningún gobernador permita voluntariamente que el INE lleve a cabo los procesos electorales locales. Será probablemente todo lo contrario, pero tendrán que ajustar sus estrategias para seguir manteniendo en control en los órganos electorales locales.
Por lo pronto, hay nuevas reglas electorales que los gobernadores tendrán que cumplir inexorablemente. A partir de ahora, el Consejo General del INE tiene la capacidad legal para elegir y remover al Consejero Presidente y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales, lo cual quita, de entrada, un poder enorme a los gobernadores quienes anteriormente decidían el nombramiento de estos puestos y, por lo tanto, eran quienes decidían la operatividad de dichos organismos.
Antes de estas nuevas normas, en Chiapas, por ejemplo, los Consejeros Electorales del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana eran electos por el Congreso del Estado, a propuesta de los partidos políticos. Conociendo el excesivo control que el gobernador en turno ejerce sobre los diputados y los partidos políticos (y también sobre cualquier mortal o alimaña que pisa estas tierras), es de suponerse que es la instancia de decisión sobre la elección de los consejeros electorales locales.
Pero, afortunadamente, ya no será así a partir de ahora o tal vez sí, porque la ley permite que los representantes de los partidos políticos y los Consejeros del Poder Legislativo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral podrán presentar observaciones respecto a los aspirantes.
Con ello es posible que las manos de los gobernadores logren estar aún presentes en estas decisiones, incidir en ellas, para favorecer o eliminar candidatos. Todo es posible en este país. Si al final eso sucede, la reforma electoral será parte de una gran simulación.
Esperamos que no acontezca de esa manera y que el INE logre llevar a buen término este cambio democrático que nuestro país necesita con urgencia. Por lo pronto, existe una transparencia total en este proceso de elección, lo que nos hace confiar más en avances que en retrocesos.
Para la elección del consejero presidente y los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales, el Consejo General del INE emitirá convocatoria pública para cada entidad federativa que corresponda. Los aspirantes a dichos puestos deberán cumplir con los requisitos que la ley establece y deberán pasar un proceso riguroso de evaluación.
Al final de este proceso de evaluación, , a más tardar el 30 de septiembre de 2014, el INE elegirá a los Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales y comunicará a las autoridades estatales estos nombramientos.
En Chiapas ya está emitida esta convocatoria para todos aquellos que quieran participar en este proceso. No es una convocatoria para todos los ciudadanos, en virtud de que exige, entre otras cosas, título de nivel licenciatura con antigüedad mínima de cinco años. Este requisito reduce considerablemente el número de personas que puedan participar en el proceso, pero garantiza profesionalismo en los trabajos que deben realizar estos consejeros electorales.
Por otro lado, las entidades federativas deberán adecuar su legislación electoral conforme a las nuevas disposiciones legales en la materia. El 01 de julio de este año, el Congreso del Estado de Chiapas aprobó las reformas al Código electoral Estatal.
El problema es que estas modificaciones legales parecen ser un “Secreto de Estado”.
El opaco Congreso de Chiapas solo da a conocer información en un pequeño boletín informativo. No es posible acceder al Diario de Debates, el cual está detenido en el tiempo desde octubre del 2013.
El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana dispone del Código de Elecciones y Participación Ciudadana, pero que no incluyen las últimas modificaciones legales. Parece ser que en esa institución aún no se han enterado de estos cambios transcendentales o tal vez aún no se quieren enterar.
La ley no impide que los consejeros actuales puedan participar en el proceso de selección convocado por el INE, salvo si son o hubieren sido miembros del Servicio Profesional Electoral Nacional durante el último proceso electoral en la entidad. La interpretación de este último requisito de ley puede darles ese derecho, pero, para mí y muchos ciudadanos más, es confuso.
Los resultados nos dirán cuanto están dispuestos los políticos, especialmente los gobernadores, a cambiar el ámbito democrático de este país.
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